La libertad de disponer de la propia vida

La libertad de elegir sobre nuestra vida y existencia, sobretodo cuando la vida ya no sabe como tal. Descubre aspecos legales y morales con Alexandra Masero. 

libertad
Casi todos nosotros nos habremos preguntado alguna vez lo que significa la libertad. Para dar una definición en la que poder coincidir la mayoría, diría que la libertad es el poder de decidir sobre tus actos y tu persona rigiéndote únicamente por tus pensamientos, sentimientos, moral, creencias… Pero sin duda, muchas personas me rebatirán ésto, arguyendo que la libertad queda atada de pies y manos por la sociedad y la política. ¿Sobrevaloramos entonces la libertad? ¿El Estado debería progresivamente dejar de ser tan paternalista y dejar de legislar sobre asuntos referidos a la persona como esencia?
 

En el Estado de Derecho en el que vivimos actualmente, aún muchas normas se enfocan a  regular legalmente temas y aspectos personales y estrictamente morales, justificando ello en salvaguardar “el bien común”.

Quisiera tratar como ejemplo característico (existen muchos otros) el derecho a decidir sobre el momento de tu propia muerte: “La disponibilidad de la propia vida”.

En España consta como delito tipificado el suicidio, y la inducción al mismo, en el artículo 143 del Código Penal, y engloba así mismo la práctica necesaria y directa como causante de la muerte. Esto deja impunes a los otros actos indirectos, la “eutanasia indirecta”, y aquellos comportamientos omisivos, llamados “eutanasia pasiva”, como la sedación paliativa.

Si dejo un frasco de arsénico al alcance de la persona que clama dejar de vivir, deberá determinarse si esa persona, por ella misma, podría haberse hecho con ese bote. Es decir, si la colaboración de aquél que dejó el frasco al alcance es o no imprescindible para obtener el resultado, la muerte.
 

No contemplo aquí, por supuesto, una conducta específica promovida por momentos de depresión, y tampoco las decisiones que claramente provengan de una influencia pasajera.

Me refiero a aquellas personas que, expresamente, dejan estipuladas unas directrices en caso de riesgo de muerte. A aquellas personas que, en plenas facultades mentales y anímicas, deciden que, en ciertas circunstancias, no querrán seguir viviendo.
 

Hay un curioso argumento llamado la pendiente resbaladiza el cual aduce que si aceptamos la muerte voluntaria por compasión, moralmente aceptada en su mayoría, debería aún así rechazarse ya que podría llevar a la aceptación, por ende, de la muerte por imposición, denostable moralmente. (Tras resbalar por la pendiente resbaladiza es prácticamente imposible dejar de caer hasta el final).

Es una falacia, puesto que no hay motivos para pensar que el respeto a la libertad de decidir sobre la propia vida vaya a llevar o a justificar homicidios (muertes en contra de la voluntad).
 
El debate está indefectiblemente servido. Básicamente puede resumirse en, de una parte, aquellos que creen que la vida es un bien indisponible, y por otra parte, los que defienden que es la propia persona la que debe decidir cómo disponer de su propia vida.

¿Hasta dónde abarca la libertad de la persona? La conquista de esta libertad sigue librándose.

Texto por Alexandra Masero.

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Rosa Palmer

Soy la creadora y principal blogger de Por El Camino Azul. Ex-Miembro y reportera de la iniciativa de orientación laboral Parejas Orientadoras entre 2013 y 2016. Colaboré escribiendo artículos periódicamente en La Nueva Ruta del Empleo España entre 2015 y 2016. Mi vicio son las palabras. Adoro la vida, sus misterios, la comunicación y la creatividad. Me motiva la idea de difuminar la terrible frontera entre placer y trabajo. ¿Te apuntas?

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